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¿Qué debo hacer si me ataca un perro o un gato en la vía pública? Seremi de Salud de Atacama aclara dudas al respecto y explica su peligrosidad

Cada vez es más frecuente observar perros o gatos que deambulan libremente por las calles de Atacama, situación que alerta a muchos vecinos y vecinas de la región, ya que algunos de estos animales tienen comportamientos agresivos con las personas.

Con el objetivo de controlar este tipo de conflictos, desde hace algunos años entró en vigencia la Ley 21.020, conocida como Ley Cholito, en la que se especifican las competencias, obligaciones y deberes de la Seremi de Salud y las municipalidades, mientras que el Ministerio del Interior, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (Subdere), es el organismo a cargo de la forma en la que se aplica la Ley.

Por ejemplo, el municipio es el organismo encargado de dictar una ordenanza sobre la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía, adecuándola a la realidad de la comuna y buscando el resguardo de la seguridad pública, encargándose de la fiscalización de perros callejeros, así lo detalló la Seremi de Salud de Atacama, Jéssica Rojas.

Por otro lado, la autoridad sanitaria explicó que su responsabilidad es velar por el cumplimiento de esta fiscalización en los centros de mantención temporal de mascotas, como clínicas, hoteles, hospitales, criaderos, entre otros.

También buscan educar sobre la tenencia responsable de mascotas y realizar controles sobre posibles focos de contagios de rabia en sectores rurales o zonas urbanas. Para esto, durante el 2022 realizaron 29 charlas y 16 jornadas de vacunación antirrábica.

Asimismo, deben tener un control sobre los animales potencialmente peligrosos, manteniendo un registro reservado.

En caso de ser atacados por un animal, deben acudir inmediatamente a un centro asistencial, sin importar la gravedad de la herida. Esto se debe a que cualquier rasguño o mordedura podría significar un riesgo de muerte para la persona afectada.

Por esta razón, es importante recibir una evaluación médica, permitiendo determinar si es necesario recibir la vacunación antirrábica y limpiar la herida adecuadamente, ya que los animales poseen muchas bacterias que pueden producir infecciones graves en la piel u órganos internos.

La mayor preocupación radica en la posibilidad de contagiarse de rabia, una enfermedad que tiene una mortalidad del 100% en humanos, por lo que es importante detectarla a tiempo e iniciar el proceso de inoculación, que consiste en 5 vacunaciones.

Para controlar esta situación, es importante que la persona afectada pueda entregar la mayor información posible sobre el animal, como su raza, si conoce a su dueño, características y otros datos que permitan dar con su paradero.

Esto se debe a que el recinto asistencial debe dar aviso a la Seremi, quienes tienen diez días para acudir al lugar y constatar si el animal posee alguna sintomatología asociada a la rabia. En caso de su dueño se niegue a que sea controlado, se le puede cursar un sumario sanitario.

Por otro lado, si no pueden dar con su paradero, se debe avisar a la municipalidad, para que pueda realizar el operativo correspondiente y dar con su ubicación.

En la región, Caldera, Carrizal Bajo, Copiapó y Diego de Almagro destacan por su cantidad de perros callejeros, aunque, contrario a lo que se piensa, la Seremi explicó que muchos de estos animales tienen dueños, pero que son liberados durante el día o son perros “comunitarios” es decir, la gente se encarga de darles alimentación, pero sin dejarlos ingresar a sus hogares.

Otro problema es que muchos de estos perros no son esterilizados, por lo que su población aumenta constantemente.

Si se reciben más de dos notificaciones de mordeduras del mismo perro, este se califica automáticamente como un animal potencialmente peligroso.  Lo que significa que su dueño debe adoptar las medidas especiales de seguridad y protección que determine el reglamento respecto del ejemplar, tales como circulación de éste con bozal o arnés, esterilización del mismo, restricción de la circulación del animal en lugares de libre acceso al público o en bienes nacionales de uso público, prohibición de dejarlo al cuidado de menores de 18 años de edad.

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