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¿Por qué hay 30 piernas humanas retenidas hace un año en el aeropuerto?

El Centro de Entrenamiento Quirúrgico SpA. interpuso un recurso de amparo económico ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

Este fin de semana se dio a conocer que dos cargamentos con 30 piernas humanas cumplirán un año retenidos en el Aeropuerto de Santiago tras su importación desde Estados Unidos.

De acuerdo con información de El Mercurio, las extremidades fueron importadas por el Centro de Entrenamiento Quirúrgico SpA. y arribaron a Chile en septiembre 2024. Desde ese entonces, se encuentran guardadas en una bodega.

La empresa, que presta servicios de capacitación y perfeccionamiento a profesionales de la salud, interpuso un recurso de amparo económico ante la Corte de Apelaciones de Santiago, argumentando que sus servicios están dirigidos a “establecimientos de educación superior, sociedades médicas, profesionales de la salud y empresas”.

El centro apeló que “debido a la escasez existente, y que solo puede conseguirse a través de programas de donaciones, este material biológico o material cadavérico humano se adquiere en el extranjero, cumpliendo todas las reglas sanitarias de origen”. Además, reclamaron que con la negativa de ingresar las piernas se estaba vulnerando su derecho a ejercer su actividad económica.

Por qué hay 30 piernas humanas retenidas en el aeropuerto - referencial Aton

¿Por qué hay 30 piernas humanas retenidas en el aeropuerto?

La Subsecretaría de Salud Pública respondió que en Chile, el material cadavérico para investigación científica solo puede ser donado “de manera tal que no permite ninguna clase de gestión comercial”.

En esta línea aclaran que los cuerpos utilizados para fines científicos solo pueden obtenerse mediante cuatro formas: a través de una escritura ante notario dejada por el donante, que la familia del fallecido haya aprobado la donación ante un ministro de fe, que sea un cuerpo no reclamado en un plazo de 24 horas desde un centro asistencial, o que esté en el Servicio Médico Legal y no sea retirado a 72 horas de su ingreso.

Según la autoridad sanitaria, la prohibición del ingreso de las piernas no constituye una modificación a la norma, sino que es una “corrección del procedimiento que no estaba siendo aplicado adecuadamente”.

“Ninguna de las regulaciones existentes permite expresamente la importación de partes de cadáveres provenientes desde el extranjero y que tengan por destino ser utilizadas para la docencia”, agregaron.

FUENTE T13

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