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Grabado de patentes en los vidrios: Contraloría tomó razón del reglamento y se estrechan los plazos.

  • El proyecto que exige grabar las patentes de los automóviles en sus vidrios y espejos cumplió un nuevo hito. Mira las exigencias y plazos.

La ley que busca dificultar el robo de vehículos a través de la exigencia de grabar las patentes en vidrios y espejos de cada auto cumplió un nuevo hito de acuerdo a a las etapas definidas en su tramitación y poco a poco se van estrechando los plazos.

Este miércoles, la Contraloría General de la República informó que ya hizo toma de razón del reglamento que establece la forma en que se deben hacer los grabados de patente en vidrios y espejos de vehículos motorizados.

¿Qué viene ahora? En los próximos días se debe publicar el decreto con el reglamento y desde ese momento comenzarán a regir los plazos para hacer el marcado en cada vidrio.

¿Cuáles son los plazos para grabar la patente?

Por ahora no están definidos concreto, ya que dependen del día exacto en que aparezca el decreto en el Diario Oficial. Sin embargo, se establece lo siguiente.

Los vehículos nuevos: Los autos nuevos tendran hasta cuatro meses desde que se publique el decreto, es decir, debería ser en septiembre de este año. El reglamento establece que no se considerarán como nuevos los vehículos comercializados desde el 11 de septiembre de 2023 hasta el tercer mes contado desde la publicación del decreto.

Los vehículos “antiguos”: Los autos que se vendieron antes del 11 de septiembre de 2023 tendrán doce meses desde la publicación del decreto en el Diario Oficial. Si el decreto se publica en los próximos días, el plazo final sería en mayo del próximo año.

¿Cómo debe ser el grabado de patente?

Aunque hay vehículos que ya tienen grabados sus vidrios, la recomendación es no apurarse más de la cuenta para hacer el trámite y ajustarse al reglamento, que establece lo siguiente:

Las letras y dígitos en los vidrios deben tener entre 7 y 10 mm de altura, un ancho y un espesor de trazo acorde al tipo y altura de la letra, de estilo normal, no cursiva ni negrita. Por su parte, en los espejos laterales la altura mínima deberá ser entre 5 y 10 mm. En ambos casos las letras deberán ser mayúsculas.

Las letras y dígitos deberán grabarse siguiendo la superficie del vidrio o del espejo lateral, de manera tal que su lectura horizontal, para un observador externo al vehículo, sea de izquierda a derecha.

El grabado debe ser permanente, entendiéndose como tal aquel que se realiza desgastando la superficie del vidrio, de forma tal que no pueda ser borrado.

En los vidrios laterales ubicados al costado del conductor el grabado se efectuará en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo y en aquellos ubicados al costado del acompañante se realizará en el vértice inferior izquierdo desde el punto de vista de un observador externo.

En el parabrisas el grabado deberá efectuarse en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo, sin obstaculizar la lectura u ocultar el Vehicle Identification Number (VIN).

En la luneta trasera el grabado se efectuará en el vértice inferior izquierdo desde la perspectiva de un observador externo.

En los espejos laterales cuya forma sea o se aproxime a un cuadrado, rectángulo, circular u ovalado, el grabado se realizará siguiendo el borde de sus lados paralelos al suelo, de la forma más próxima a dicho borde, en la parte superior o inferior.

¿A qué me expongo en caso de no grabar la patente?

Las modificaciones a la Ley de Tránsito establecen como “falta gravísima conducir o utilizar un vehículo con la placa patente oculta o que utilice objetos, accesorios, luces o aditamentos que obstaculicen su plena percepción, o si la placa patente se encuentra en mal estado y dificulte la identificación del vehículo”.

Las multas por faltas gravísimas a la Ley de Tránsito van de 1,5 a 3 UTM. De esto se desprende que quienes sean sorprendidos conduciendo un vehículo con la placa patente oculta, o dificultando su identificación, se exponen a tener que pagar entre 95.178 y 190.356 pesos, de acuerdo con el valor de la UTM de septiembre de 2023.

Las multas por faltas graves, donde se considera el incumplimiento de marcar la patente en vidrios y espejos, van de 1 a 1,5 UTM, es decir, entre $63.452 y $95.178.

¿Qué vehículos se eximen del grabado de patentes?

Se eximen del grabado de patentes aquellos vehículos con patente extranjera, como también aquellos considerados como “antiguos” o “históricos”.

Además, están eximidos aquellos automóviles comercializados con anterioridad a la entrada en vigencia del reglamento, cuyos vidrios y espejos laterales se encuentren grabados, siempre que permita la íntegra y correcta identificación de cada uno de los dígitos y letras de la placa patente grabada”.

FUENTE T13.

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