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Control diario de cloro y letrero con normas: estas son las exigencias mínimas que debe tener una piscina en condominios

Además, conoce las medidas mínimas que deben regir para evitar accidentes en este tipo de lugar de uso compartido.

El verano se acerca a pasos agigantados y es normal que en estas fechas del año se comiencen a inaugurar las piscinas de condominios y otros recintos de uso compartido. 

Ante esta situación, es clave considerar que existen obligaciones reales que establece las normativas en este tipo de recintos.

Además de las medidas básicas que se deben implementar para prevenir accidentes en este tipo de lugares.

Las exigencias a piscinas en condominios

Según el Decreto N°209, que regula el funcionamiento de piscinas de uso público restringido, incluyendo en condominios, hoteles, gimnasios e instituciones, todas deberán cumplir con estándares mínimos de seguridad, mantención y control sanitario. 

Entre ellas, se encuentra disponer de un espacio habilitado para primeros auxilios, realizar control diario de cloro y parámetros del agua para asegurar su inocuidad; y utilizar materiales, colores y superficies específicas para disminuir riesgos de resbalones o golpes. 

El decreto no obliga a contar con salvavidas en el lugar, pero sí establece la necesidad de publicar un letrero visible con horarios, aforo y normas de seguridad. 

Asimismo, deberá contar con la autorización de la Seremi de Salud para su funcionamiento. 

“El Decreto 209 existe hace años, pero en la práctica no todas las comunidades lo internalizan. Las normas no buscan burocracia: buscan reducir riesgos reales. Un letrero visible, un control sanitario diario o una zona de primeros auxilios pueden marcar la diferencia en una emergencia”, indicó Guillermo Márquez, gerente de Tecnología de Edifito. 

Las medidas claves para prevenir accidentes en piscinas

Según detalla el especialista, el “rol de la comunidad es anticiparse”. Para eso, también el llamado es a mantener las siguientes condiciones para evitar accidentes en piscinas de condominios o de otros recintos de uso compartido:  

  • Supervisión constante: ningún elemento reemplaza la vigilancia adulta. Los niños no deben quedar solos en piscinas, playas o ríos, incluso si saben nadar.
  • Vaciar piscinas inflables tras su uso: unos pocos centímetros de agua representan riesgo para los más pequeños.
  • Instalar rejas protectoras: una barrera de al menos 1,5 metros, con barrotes separados por no más de 10 cm y puerta con seguro, reduce accesos no vigilados.
  • Mantener el entorno despejado: sillas, juguetes o escaleras pueden facilitar que un niño trepe o se acerque al agua.
  • Preferir chalecos salvavidas certificados: deben contar con certificación de la Armada, ajustarse al tamaño del niño e incluir broches firmes y colores visibles.
  • Aprender RCP: la reanimación cardiopulmonar puede ser decisiva en los primeros minutos de asfixia por inmersión.
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